Un joven acudió a nuestro despacho tras haber recibido denuncia de una mujer por presunto delito de abuso sexual.
Los hechos se sitúan en el verano de 2022 en las islas Baleares, donde el joven trabajaba y convivía en el mismo domicilio con la denunciante y otros compañeros. Hemos conseguido que el procedimiento se archive antes de la apertura de juicio oral.
El joven, que había mantenido con anterioridad relaciones sexuales consentidas con la denunciante y tras unos malos entendidos en la convivencia, recibió de ésta denuncia por presunto abuso sexual, hechos que se instruyeron en el Juzgado de Instrucción nº1 de Ibiza mediante DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 000132/2022, PA 134/22.
La Jueza de Instrucción, acogiendo nuestras tesis, ha acordado mediante Auto de diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, que de las actuaciones practicadas no resulta debidamente acreditada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la presente Causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641.1 y el artículo 783.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede acordar el SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO de las actuaciones.
El joven, que tuvo que pasar por los calabozos de la Policía Nacional, así como verse sometido al consecuente procedimiento penal, ve ahora resarcido su honor, aunque no el perjuicio y daño moral que esta situación le ha causado.
Recordemos que existen y son una realidad los delitos sexuales, a los que combatimos con total firmeza, y que a su vez existen situaciones en las que no está justificada una denuncia de este tipo, y que afortunadamente los Jueces y Tribunales en su difícil labor consiguen diferenciar. La defensa del joven ha sido llevada por el abogado Javier Pedroso.